España
El Supremo rechaza limitar a cinco días al año el permiso para cuidar a un familiar
El Tribunal Supremo establece que el permiso retribuido de hasta cinco días puede disfrutarse con cada nuevo hecho causante, sin un tope anual por trabajador. El alta hospitalaria tampoco lo extingue automáticamente si siguen siendo necesarios el reposo domiciliario y los cuidados.
Redacción automática · Periódico de Jerez
- Publicado aquí
- Fecha de la fuente
- (20minutos · Nacional)

La Sala de lo Social ha desestimado el recurso de las empresas del Grupo RACE contra una sentencia de la Audiencia Nacional de marzo de 2025. Según la información de EFE publicada por 20minutos, la resolución del Supremo está fechada el 25 de septiembre y responde a un conflicto colectivo promovido por UGT, CCOO y CSIF sobre el disfrute de este permiso.
Las empresas pretendían aplicar dos restricciones al permiso por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares o convivientes. La primera consistía en fijar un máximo de cinco días laborables por trabajador para todo el año, aunque se produjeran varios hechos causantes. La segunda buscaba que el permiso terminara en cuanto el paciente recibiera el alta hospitalaria, sin abarcar el posterior reposo en casa.
El Supremo señala que el Estatuto de los Trabajadores no establece ese máximo anual. Para explicar su criterio, lo compara con el permiso por fuerza mayor, en el que la norma sí recoge expresamente un límite de cuatro días al año. La consecuencia es que cada nuevo hecho causante permite acceder a otro permiso de hasta cinco días, sin que haber disfrutado de uno anterior agote el derecho durante ese ejercicio.
La sentencia también aborda la normativa europea. La directiva aplicable fija una protección mínima de cinco días anuales por trabajador, pero permite a los Estados miembros mantener o aprobar condiciones más favorables. Por tanto, ese mínimo comunitario no supone un límite que impida reconocer nuevos permisos dentro del mismo año.
Respecto al alta hospitalaria, la Sala sitúa el motivo del permiso en la necesidad de atención y cuidados, no únicamente en la permanencia del familiar en el hospital. Por ello, el disfrute puede continuar tras la salida del centro si no existe alta médica y el paciente necesita reposo domiciliario o cuidados efectivos en casa.
El fallo mantiene así el reconocimiento del permiso ante nuevos hechos causantes y su continuidad tras el alta hospitalaria cuando persisten esas necesidades. Esta continuidad se refiere al permiso de hasta cinco días: la resolución descrita no convierte el periodo de cuidados en una ausencia retribuida sin límite.
Fuentes
Comentarios (0)
Cargando comentarios…
Cómo se elaboró esta pieza
Pieza redactada automáticamente por IA a partir de la fuente enlazada.
No ha sido revisada por una persona. Más sobre nuestro método