España
El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont y otros 34 encausados por los gastos del ‘procés’
El Tribunal de Cuentas absuelve a los 35 demandados por los gastos del referéndum del 1-O de 2017 y la promoción exterior del ‘procés’ entre 2011 y 2017. La sentencia aplica la ley de amnistía al no haberse acreditado que esos desembolsos afectaran a fondos europeos.
Redacción automática · Periódico de Jerez
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- (El Mundo · España)

La resolución alcanza a los expresidentes de la Generalitat Carles Puigdemont y Artur Mas, al exvicepresidente Oriol Junqueras y a otros antiguos responsables del Govern. Según la información publicada por 20minutos, el tribunal acuerda también levantar las fianzas impuestas a los demandados. La consecuencia de la sentencia es la extinción de las presuntas responsabilidades contables por los gastos examinados en este procedimiento.
El fundamento de la decisión es que no se ha demostrado una afectación a los intereses financieros de la Unión Europea. Según la sentencia consultada por Europa Press, los certificados de la Intervención General de la Generalitat indican que los gastos no se financiaron con dinero del presupuesto comunitario ni con fondos administrados por la UE o por cuenta de esta.
La causa había quedado en suspenso después de que la consejera encargada de enjuiciarla, Elena Hernáez, planteara una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Según 20minutos, el TJUE avaló en julio la aplicación de la amnistía a la malversación siempre que no afectara a fondos europeos. Tras ese pronunciamiento, Hernáez consultó a las partes sobre el origen de los recursos, según El Mundo.
Las informaciones publicadas ofrecen cifras distintas sobre las cantidades garantizadas: El Mundo sitúa en 4,3 millones de euros el dinero que los encausados habían tenido que consignar, mientras que 20minutos señala que las fianzas cuyo levantamiento se ordena superaban los ocho millones. Respecto a las reclamaciones, 20minutos cifra la de la Fiscalía en 3,4 millones y El Mundo sitúa la de Sociedad Civil Catalana por encima de cinco millones.
La Fiscalía solicitó aplicar la amnistía tras su aprobación, aunque anteriormente había reclamado la devolución del dinero, según El Mundo. Ese diario señala que la Generalitat también pidió su aplicación y que Sociedad Civil Catalana mantuvo su oposición, pero no acreditó la existencia de fondos europeos afectados.
La sentencia no niega que se produjeran los gastos examinados. Según los pasajes recogidos por Europa Press, el tribunal considera probados los desembolsos vinculados al referéndum y a la acción exterior para difundir el proceso independentista. La absolución responde a su inclusión en el ámbito de la ley de amnistía y a la ausencia de una afectación acreditada al presupuesto europeo.
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