Empleo
El TSJA rechaza un mérito y confirma irregularidades en el examen de ascenso de ocho oficiales de Policía Local
Una sentencia del 24 de septiembre de 2026 estima parcialmente el recurso de agentes sobre la promoción interna de la Policía Local de Jerez. La resolución, conocida a través de la información publicada por La Voz del Sur el 16 de octubre, no revoca los nombramientos y admite recurso.
Redacción automática · Periódico de Jerez
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- (La Voz del Sur · Jerez)

El procedimiento afecta a ocho plazas de oficial correspondientes a las ofertas de empleo público de 2021 y 2022. Según informa La Voz del Sur, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rechaza que se puntúe un diploma universitario aportado por uno de los aspirantes y confirma que el tribunal calificador alteró el criterio de penalización de las respuestas incorrectas respecto a las instrucciones comunicadas antes del examen.
La controversia sobre el mérito se centra en un diploma de experto universitario expedido por una universidad privada. La certificación recogía 725 horas de formación, equivalentes a 29 créditos ECTS, desarrolladas durante 102 días. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Jerez había considerado que debía puntuarse conforme a las bases, pero los ocho apelantes cuestionaron su reconocimiento por no existir una declaración oficial de equivalencia.
El TSJA descarta su valoración por otro motivo: los errores en la certificación de las horas. Según los cálculos de la sentencia recogidos por el medio, una referencia de 40 horas semanales durante las aproximadamente catorce semanas y media del curso daría un total de 580 horas. La diferencia con las 725 certificadas es de 145 horas, un 20% del total declarado. La Sala señala además que ese cálculo no descuenta los festivos.
El segundo punto afecta a la corrección de una de las pruebas. La información entregada a los participantes indicaba que cada cuatro respuestas incorrectas anularían una correcta. Sin embargo, el tribunal examinador aplicó después una penalización proporcional por cada fallo, de modo que también descontaban puntuación los grupos de una, dos o tres respuestas equivocadas.
El órgano seleccionador defendió ese método por su proporcionalidad. Tanto el juzgado como el TSJA consideran, en cambio, que introducía una modificación respecto a las reglas conocidas por los aspirantes. La Sala confirma que el criterio se cambió sin publicar un nuevo acuerdo ni informar previamente a quienes realizaban la prueba.
El antecedente es la sentencia del 8 de octubre de 2025, que declaró nulos el acuerdo del tribunal calificador que publicaba las notas y proponía los nombramientos y el acuerdo municipal que formalizaba los ascensos. No obstante, según la información publicada, los ocho funcionarios que obtuvieron las plazas mantienen sus nombramientos, protegidos por la resolución de primera instancia.
El fallo del TSJA permite recurso, por lo que la disputa judicial sobre la valoración de méritos y las calificaciones no está cerrada. El Ayuntamiento de Jerez ha indicado a La Voz del Sur que no es parte directamente en este proceso y que acatará la sentencia cuando sea firme.
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